Gobierno autoriza la importaci贸n y comercializaci贸n de Di茅sel y Gasolina
El D.S. 5218, permite que los privados de forma directa importen y comercialicen el combustible.
Desde este 14 de noviembre entra en vigor el Decreto Supremo 5271 que autoriza la libre importaci贸n y comercializaci贸n de gasolina y di茅sel, inform贸 Germ谩n Jim茅nez, director de la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH). Esta medida fue demandada por diferentes sectores del aparato productivo nacional.
Aclar贸 que esta nueva norma rige por un a帽o y establece que el combustible importado por privados no ser谩 subvencionado por el Estado y precisa que el precio se establecer谩 despu茅s de un an谩lisis minucioso.
En el decreto se puntualiza que el Ministerio de Hidrocarburos y Energ铆as, mediante Resoluci贸n Ministerial, establecer谩 la metodolog铆a para el c谩lculo de precios, seg煤n el producto a ser importado. Adem谩s, estipula que ser谩 la ANH la que establecer谩 el valor comercial del combustible en base a dicho proceso.
Se inform贸 adem谩s que la persona natural o jur铆dica privada, para importar di茅sel y gasolinas, debe contar con la autorizaci贸n de la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH), en el marco de lo establecido en el par谩grafo II del art铆culo 3 del Decreto Supremo N掳 28419, de 21 de octubre de 2005, modificado por el Decreto Supremo N掳 5218, de 4 de septiembre de 2024.
Tambi茅n, debe contar con la autorizaci贸n previa de importaci贸n emitida por el Viceministerio de Defensa Social y Sustancias Controladas, conforme a la Resoluci贸n Ministerial aprobada por el Ministerio de Gobierno.
